GLOSARIO
CONTRATO (Contract) Acuerdo,
generalmente escrito, por el que dos partes se comprometen a respetar y cumplir
una serie de condiciones.
TRABAJO (Work) Oficio o profesión que realiza una persona
a cambio de un salario.
OCASIONAL (Occasional) Que ocurre en alguna
ocasión, pero no es habitual.
LABOR (Work) Trabajo o
actividad que una persona lleva a cabo
SERVICIO (SERVICE) Organización,
con su personal y medios, que se encarga de realizar un trabajo que satisface
determinadas necesidades de una comunidad
SALARIO (SALARY) Cantidad de dinero que se
recibe por un servicio o un trabajo
CONTINUIDAD (CONTINUITY) Circunstancia
de suceder o hacerse algo sin interrupción
SUBORDINACION (SUBORDINATION) Relación existente entre dos proposiciones cuando una de
estas desempeña una función gramatical dentro de la otra y, por tanto, posee
menor jerarquía gramatical
DEPENDENCIA (DEPENDENCE) Subordinación de una persona o cosa respecto de
otra u otras, por las que está regida o a las que está sometida
CODIGO (CODE) Conjunto
ordenado de leyes
LIQUIDACION
(LIQUIDATION) Dinero que una empresa paga a un
trabajador cuando deja de prestarle sus servicios
SEGURIDAD SOCIAL (SOCIAL SECURITY) se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o cobertura de las
necesidades socialmente reconocidas, como salud, vejez o discapacidades.
FAMILIA (FAMILY) Grupo de
personas que tienen lazos de parentesco y viven juntas
RIESGO
LABORAL (OCCUPATIONAL HAZARD) Se denomina Riesgo laboral a todo aquel aspecto
del trabajo que ostenta la potencialidad de causarle algún daño al trabajador.
PRESTACION DE SERVICIO (SERVICE PROVISION) Servicio o ayuda que una persona, una institución o una empresa ofrece a otra.
DOTACION (MANNING) Concesión a una persona de
una cualidad o una capacidad para ejercer una actividad:
CESANTIAS (Unemployment) una prestación social que
todo empleador debe reconocer a sus trabajadores con el fin de que éstos puedan
atender sus necesidades primarias en caso de quedar cesante.
PRIMA DE SERVICIOS (PREMIUM
SERVICES) Toda
empresa debe pagar a sus empleados como prima de servicios, un salario mensual por cada año laborado,
o si la vinculación es inferior a un año, el pago será proporcional
al tiempo que el trabajador lleve vinculado, cualquiera que este sea.
La prima
de servicios corresponde a la participación del trabajador en las utilidades
obtenidas por la empresa, beneficio que contemplaba la legislación
anterior a la vigente.